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Derecho Deportivo, tendencias relevantes abordadas en el “IV congreso internacional de derecho del fútbol”, RFEF, Madrid

Citar: elDial.com - CC2BC7

Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

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Derecho Deportivo,

tendencias relevantes abordadas en el “IV congreso internacional de derecho del fútbol”, RFEF, Madrid

Por Ariel Reck(*)

Entre el 30 de septiembre y el 1 de octubre se celebró en Madrid el IV congreso internacional de derecho del fútbol. Un evento organizado por la RFEF con el auspicio de FIFA; El CIES y el estudio español Senn Ferrero, que se desarrolla cada dos años y se ha convertido ya en un clásico de la especialidad.-

La prueba más acabada de su éxito es la concurrencia de más de 300 asistentes que agotaron las plazas dispuestas para esta edición. Entre los asistentes se destacó el nutrido contingente de argentinos, incluyendo algunos de los más importantes especialistas en nuestro país.-

Las conferencias fueron impartidas por los más destacados profesionales a nivel mundial y si bien no pretendemos hacer más que una reseña, destacamos alguna de los aspectos más salientes de cada una.-

Luego del discurso de bienvenida del presidente de la RFEF, Ángel María Villar, inició la jornada Pedro Velázquez, miembro de la unidad de deportes de la Comisión Europea. Tras un análisis histórico de la relación entre el derecho comunitario y el deporte y reseña de las principales sentencias y tratados referidos al deporte, llegó a la situación actual, con la inclusión del deporte como ámbito de competencia del tratado de la Unión Europea, aunque destacando los límites y los alcances de dicha competencia supranacional.-

La segunda de las conferencias trató el tema de las licencias para las competiciones europeas y en especial las perspectivas del nuevo Fair Play Financiero que obliga a los clubes a un equilibrio económico para poder competir en los torneos organizados por UEFA (Champions League y Europa League). Cabe destacar que este nuevo sistema no sólo busca el equilibrio financiero “a toda costa”, sino que trata de orientar la forma en que se distribuyen los recursos. Así, por ejemplo, explicaba el expositor Alasdair Bell (director legal de UEFA), los recursos destinados a la formación de jugadores juveniles no se incluyen como “gastos” a equilibrar en el régimen de Fair Play y por ende, todo lo invertido en ese área no debe tener una contrapartida de ingresos.-

La siguiente conferencia, de Marco Brunelli, director general de la Liga Italiana de Fútbol, trató el siempre conflictivo tema de la explotación de los derechos audiovisuales, formulando una comparación entre las principales ligas europeas e incluyendo como uno de los más fuertes competidores a esas ligas a las competencias organizadas por la propia UEFA (Champions y Europa League).-

De su conferencia se destaca la importante penetración que el sistema de pago por partido tiene en Inglaterra con relación a otros países y ligas y también como los avances tecnológicos están haciendo desaparecer la segmentación vertical dando lugar a una segmentación horizontal o de “plataforma neutral”. Así, las nuevas tecnologías convergentes dificultan dividir entre derechos para transmitir por TV, por telefonía móvil o por computadora, ya que hoy es difícil decir si –por ejemplo- una Tablet es un teléfono o una computadora, y tenemos TVs que se conectan a internet. Lo que quedó por definir es quizás el efecto que tendrá la decisión del Tribunal Europeo de Justicia en el caso “Murphy”, que declara ilegal la segmentación por territorios (dentro de la UE) en la venta de decodificadores para ver encuentros de la Premier League, sentencia que se dictó pocos días después de la conferencia.-

La siguiente conferencia correspondió al director de servicios jurídicos de la RFEF, Emilio García Silvero. Este prestigioso abogado tocó el tema de las decisiones de FIFA sin fundamento (art.15 Del reglamento de procedimientos de FIFA) y brindó su perspectiva entendiendo que las mismas eran válidas, aun cuando, podían parecer contrarias al Estatuto de FIFA y por ende violatorias de un orden jerárquico que debe regir en cualquier ámbito jurídico, sea legal o reglamentario.-

Para el jurista, el plazo de 10 días para pedir los fundamentos, luego del cual –en caso de silencio- la decisión queda firme, no implica limitar el plazo estatutario de 21 días para apelar al TAS/CAS. Se trataba sólo de una carga procesal previa que incluso, luego de cumplida, da un plazo mayor al futuro apelante, ya que el plazo de 21 días comienza a correr desde la comunicación de los fundamentos del caso, que puede darse meses después. En confirmación de su postura refirió a recientes laudos del TAS/CAS que había tratado el tema y habían confirmado que, de no pedirse los fundamentos de la decisión dentro de los 10 días de notificada, ya no era posible apelar al Tribunal Arbitral del Deporte.-

La conferencia de Antonio Rigozzi trató el tema de la influencia del Tribunal Federal Suizo sobre los laudos del TAS/CAS , destacándose esencialmente la muy limitada posibilidad de éxito cuando se recurre un laudo del Tribunal Arbitral al Tribunal Federal Suizo. Al ya limitado catálogo de razones por las que un laudo puede ser impugnado de acuerdo a las normas de la ley suiza de derecho internacional privado, debe sumarse la absolutamente restrictiva interpretación que realiza el Tribunal Federal, que fue claramente explicada por el profesor Rigozzi.-

Para finalizar la primer jornada se desarrolló una mesaredonda coordinada por Gorka Villar y que contó con los representantes del Inter de Milan, del Arsenal inglés, del Real Madrid (Emilio Butragueño) y Barcelona (Andoni Zubizarreta). De esta mesa redonda podemos destacar el alto nivel de preparación de dos ex futbolistas como Zubizarreta y Butragueño, hoy ocupando altos cargos en los clubes más importantes de España. Entre los temas tratados, el que más atención concitó fue el del “virus FIFA”, es decir la cesión de jugadores por los clubes a las selecciones nacionales. Aquí cabe destacar que ambos ex jugadores, si bien hoy defienden a dos de los clubes más afectados por el “virus” señalaron que debían realizarse modificaciones al calendario pero en ningún caso impedir que los jugadores representen a su selección, que era el mayor orgullo que un jugador podía experimentar. Esta perspectiva refuerza la idea de que en el ámbito del fútbol deben tener cargos directivos personas vinculadas a la actividad, que puedan entender “desde adentro” el efecto de cada una de las decisiones que se tomen. Eso sí, siempre que cuenten con la preparación y formación necesarias para cubrir los cargos.-

El segundo día del congreso comenzó con la conferencia más polémica, Marco Antonio Tobar, de FIFA explicó el proyecto de reforma al régimen de Agentes (en el futuro intermediarios). El eje de la polémica giró en torno a la pretensión de FIFA de limitar las comisiones que los agentes puedan percibir (3% y hasta 2 millones de us). Las preguntas del auditorio revelaron la gran disconformidad con el proyecto en general y el propio expositor reconoció que el mismo, si bien fue aprobado por las comisiones legales internas de FIFA, no obtuvo aún el visto bueno de otros organismos vinculados (FIFPro, Asociación Europea de Agentes, ECA y Comisión Europea).-

Siguió a esta conferencia la exposición de Javier Ferrero Muñoz, abogado y socio director del estudio español especializado en derecho deportivo y del entretenimiento Senn Ferrero. El abogado analizó e interpretó las tendencias jurisprudenciales del TAS/CAS en materia de rescisión unilateral de contrato y las posibles pautas para prever el monto de una eventual indemnización por ruptura. En ese marco formuló un detallado análisis de los casos más emblemáticos, Webster, Matuzalem y el reciente De Sanctis, destacando tanto los aspectos elogiables de cada caso, como los criticables (en especial la forma de cálculo del “valor de mercado” en el caso Matuzalem).-

Posteriormente, Mark Goddard, manager general del sistema FIFA TMS, explicó el funcionamiento del sistema electrónico que ha revolucionado las transferencias internacionales. Destacó varios de los cambios que se realizaron desde su implementación hasta la fecha, por las sugerencias y por los desafíos planteados por los usuarios (es decir las asociaciones nacionales) destacando en ese sentido el rol de las principales asociaciones nacionales (entre las que resaltó a la AFA y a la CBF) que adoptaron el sistema aún en su etapa experimental y le dieron el impulso necesario y formularon las correcciones que permitieron su mejor desarrollo. También resaltó que la posibilidad de los responsables del sistema de imponer sanciones y multas de menor cuantía, había limitado en gran medida los incumplimientos y el mal uso del sistema.-

Asimismo adelantó algunos cambios y mejoras a implementarse a mediados de 2012 y señaló finalmente que la idea de la “cámara compensadora” prevista para la siguiente etapa del TMS estaba casi descartada por las dificultades que planteaba adecuarse a la legislación financiera de las más de 200 asociaciones miembros. A cambio de esta “cámara” el director del TMS destacó que se implementará un mayor control financiero sobre los pagos acordados y sobre su cumplimiento.-

Luego fue el turno del árbitro del TAS/CAS Efraim Barak, quién se refirió y reseño los principales laudos dictados por el Tribunal en los últimos años. Entre los casos más destacados se refirió a los supuestos de ruptura unilateral del contrato (art 17 del regalmento FIFA), transferencia internacional de menores, amaño o arreglo de partidos y efectos de las cláusulas de “plusvalía” o porcentaje de futuras ventas en los contratos de transferencia. En especial cabe destacar que el problema de los arreglos de partidos es uno de los más serios que enfrenta el fútbol mundial y la jurisprudencia sobre la materia debe ser severa (como hasta ahora) pero también consistente con los principios legales esenciales (algo que todavía no es tan claro de los laudos dictados). Luego se refirió a las reformas al código de arbitraje del año 2010 y sus efectos prácticos.-

Concluyo el seminario, el Dr. Claude Ramoni, abogado suizo, con una conferencia sobre los aspectos legales de la contraprueba “b” en los controles antidopaje.-

Tras exponer el origen histórico de la contraprueba (la desconfianza en la época de la guerra fría que llevó a que los test los realicen un científico del bloque occidental y uno del oriental) señaló su función actual y su consideración como uno de los derechos esenciales del atleta, que debe respetarse plenamente y que –de violarse- podría dejar sin sanción al caso aún positivo (salvo que la violación al código WADA pudiera demostrarse por otros medios).-

Con este breve resumen pretendimos reseñar los tópicos de un excelente congreso, al que ya nos tiene acostumbrados la RFEF, aunque los aspectos más jugosos y salientes quizás surjan de las charlas en los breaks y no puedan abarcarse en esta crónica.-



(*) Abogado

Citar: elDial.com - CC2BC7

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